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¿Cual es reconocimiento jurídico que le otorga el Estado Colombiano a los menores de edad intersex?


Así pues, es pertinente citar la sigla LGTBIQ , que hace referencia a lesbianas, gays, transexuales o transgénero, bisexuales, intersexuales y queer, un colectivo minoritario, sujeto constantemente a discriminación y violencia por su orientación e identidad sexual; pero denotando que los intersexuales no deberían estar clasificados de esta forma, puesto que su condición de género y sexual es biológica, a diferencia de las demás personas que las conforman. Con la promulgación de la Sentencia T-918 de 2012 se permitió una modificación del sexo en el documento de identidad de un trans, fue un avance muy significativo, en razón a las concepciones morales que encierra el tema, sin duda alguna este avance, me temo que no es suficiente, en virtud de que todavía siguen excluidos y no sólo por sus familias sino por el estado, y sociedad en general (Corte Constitucional, T-918, 2012).


Reglamentación por el decreto 1260 de 1970.

El reglamento del registro del estado civil de los individuos, se dispone mediante el Decreto 1260 de 1970 el concerniente registro civil los siguientes vicisitudes y hechos que deberán ser inscritos, el cual regula en su artículo 5, los nacimientos, reconocimientos de hijos naturales, legitimaciones, adopciones, alteraciones de la patria potestad, emancipaciones, habilitaciones de edad, matrimonios, capitulaciones matrimoniales, interdicciones judiciales, discernimientos de guarda, rehabilitaciones, nulidades de matrimonio, divorcios, separaciones de cuerpos y de bienes, cambio de nombre, declaraciones de seudónimo, manifestaciones de avecindamiento, declaraciones de ausencia, defunciones y declaraciones de presunción de muerte, así como los hijos inscritos, con indicación del folio y el lugar del respectivo registro (Decreto 1260, 1970).

Los menores de edad intersexuales en sus nacimientos deben ser suscritos en el respectivo registro civil de nacimiento, ante este suceso no sale ningún problema sino a la manera que se lleva a cabo, pero para concebir mejor evidenciamos la manera en cómo se ejecuta regularmente para el resto de individuos.

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¿Sabes sobre la circular 033 del 2015?

Esta circular contempla “Directrices para la anotación del sexo en una inscripción en el registro civil de nacimiento de menores intersexuales”. Para leer completamente la circular, te dejo el link.

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